miércoles, 24 de septiembre de 2014

A propósito de este nuevo reenvío (12) de los acusados corrupción en el Ayuntamiento (5)

Corte Rechaza Recusación Michael Ferreyra contra Jueza caso Tony Adames y compartes por corrupción


Por Franklin Cordero

Foto: Fuente Externa
SAN PEDRO DE MACORÍS, República Dominicana.- La Corte de Apelación de aquí rechazó la recusación contra la jueza Miguelina Mendoza, incoada por uno de los abogados de la defensa en el caso que se le sigue a los implicados en el supuesto desfalco millonario en el ayuntamiento de La Romana.

La Corte fijó la continuación de la audiencia preliminar para el próximo miércoles 1 de octubre.

La decisión por aprobada por los jueces Virginia González, Ramón Báez y Emérita Rincón Mojica, quienes consideraron la recusación de Marcelino Guerrero como "improcedente, infundada y carente de base legal".

El pasado 10 de septiembre la audiencia preliminar fue suspendida debido a la recusación del abogado de Michael Ferreira, ex encargado de Obras Municipales, durante la gestión del suspendido alcalde Juan Antonio Adames "Tony".

VISTA ESTA OTRA SUSPENSIÓN, continuamos nosotros con la presentación de los relatos sucintos de los hechos punibles cometidos por los ex funcionarios del Ayuntamiento de La Romana, señores Juan Antonio Adames Bautista (Tony Adames), Rafael Augusto Rocha Trinidad, Remigio Antonio Pilier Mercedes, Francisco Severino Nolasco y Michael Ferreyra Berroa, ahora con:


E) Quinto hecho.


20. En el período comprendido del mes septiembre del año 2010 hasta el mes de julio del año 2011, en el Ayuntamiento Municipal de La Romana, los acusados Juan Antonio Adames Bautista (Alcalde) y Rafael Augusto Rocha Trinidad (Tesorero), falsearon y usaron documentos, prevaricaron, desfalcaron y se constituyeron en asociación de malhechores, en perjuicio del erario del municipio de La Romana, firmando tres contratos de servicios con Jhonny Tibo Brisa y la sociedad comercial A &V Servicios Comerciales, para realizar diversas obras por un monto total de un millón ochocientos cuarenta y tres mil setecientos treinta y uno pesos dominicanos con 06/100 (RD$1,843,731.06), pagando un total de la suma por dichas obras de cinco millones seiscientos nueve mil cuatrocientos treinta y ocho pesos dominicanos con 75/100 (RD$5,609,438.75).

E) Fundamentación quinto hecho:


60. El quinto hecho a que se contrae la presente acusación, fue realizado por el acusado Juan Antonio Adames Bautista (Alcalde), quien en virtud de las facultades que le brinda la Ley Municipal firmó tres contratos de servicios con Jhonny Tibo Brisa y la sociedad comercial A &V Servicios Comerciales, para realizar diversas obras por un monto total de un millón ochocientos cuarenta y tres mil setecientos treinta y un pesos dominicanos con 06/100 (RD$1,843,731.06), pagando un total de la suma por dichas obras de cinco millones seiscientos nueve mil cuatrocientos treinta y ocho pesos dominicanos con 75/100 (RD$5,609,438.75).

61. Dichos contratos de servicios serán descriptos en adelante, además, el destino de los fondos y el concierto de voluntades de del alcalde y el tesorero para sustraer los fondos públicos del municipio de La Romana.

62. En fecha 3 del mes de septiembre del año 2010, el Ayuntamiento Municipal de La Romana, representado por el acusado Juan Antonio Adames Bautista (Alcalde) y el Notario Jhonny Tibo Brisa, firmaron un contrato de Servicios, según el cual el notario se comprometía a brindarles los servicios de señalización vial de las calles y contenes de esta ciudad de La Romana. Según el artículo cuarto de dicho contrato el Ayuntamiento Municipal de La Romana se comprometió a pagar la suma de trescientos sesenta y siete mil doscientos cincuenta pesos dominicanos con 00/100(RD$367,250.00), para la realización de la obra.

63. Para pagar dicha obra el Ayuntamiento Municipal de La Romana, emitió a nombre de Jhonny Tibo Brisa, los siguientes cheques: a) No. 0004887, de fecha 7/10/2010, por un monto de (RD$365,413.75);b) No. 0004907, de fecha 4/11/2010, por un monto de (RD$365,413.75);c) No. 0004917, de fecha 10/11/2010, por un monto de (RD$29,700.00); y d) No. 0004952, de fecha 30/11/2010, por un monto de (RD$365,413.75); para hacer un total de un millón ciento veinticinco mil novecientos cuarenta y un pesos dominicanos con 25/100 (RD$1,125,941.25), es decir, los acusados Juan Antonio Adames Bautista (Alcalde), Rafael Augusto Rocha Trinidad (Tesorero), emitieron cheques por un valor mayor a cuatro veces de lo acordado.

64. No obstante, que se pagó por encima de cuatro veces el valor de dicha obra, el notario Jhonny Tibo Brisa, no cobró dicha obra, ya que las firmas que aparecen en el endoso fueron falsificadas y las firman que aparecen en las dos facturas de fechas 6 y 29 del mes de octubre del año 2010, como anexos justificativo para el pago, en los comprobantes de los cheques también fueron falsificadas, lo cual se puede comprobar con en el informe pericial No. D-00488-2013, de fecha 31 del mes de octubre del año 2013, expedido por la sección de documentos copia del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF).

65. Además, dicha obra no fue realizada por el notario según lo expresado por él, en el interrogatorio practicado en fecha 14 del mes de octubre del año 2013.

66. De los cheques anteriormente citados, es preciso resaltar que los tres primeros, es decir, los cheques Nos. a) 0004887, de fecha 7/10/2010, por un monto de (RD$365,413.75);b) 0004907, de fecha 4/11/2010, por un monto de (RD$365,413.75);c) 0004917, de fecha 10/11/2010, por un monto de (RD$29,700.00), en ellos aparecen como segundo endosantes el señor Eddy Francisco Espinal Martínez, quien se desempeñaba como chofer de tesorería en Ayuntamiento Municipal de La Romana.

67. En el proceso de investigación y en interrogatorio realizado por el Ministerio Público al señor Eddy Francisco Espinal Martínez, el mismo ha reconocido su firma y estableció con relación al cambio de esos cheques lo siguiente: “Esa es mi firma, sobre los cheques fueron cambiados por mí y entregado el dinero en efectivo al tesorero Rafael Rocha Trinidad, no sé qué hacía con el dinero”.

68. En fecha 3 del mes de enero del año 2011, el Ayuntamiento Municipal de La Romana, representado por el acusado Juan Antonio Adames Bautista (Alcalde) y la sociedad comercial A & V Servicios Comerciales, representada el notario Jhonny Tibo Brisa, firmaron un contrato de servicios, según el cual el notario se comprometía a brindarles los servicios de instalación y mantenimiento de lámparas y semáforos, con el fin de iluminar las calles de la ciudad, y mantener el buen desenvolvimiento vial de esa ciudad de La Romana. Según el artículo cuarto de dicho contrato el Ayuntamiento Municipal de La Romana se comprometió a pagar la suma de cuatrocientos setenta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$475,000.00), para la realización de la obra.

69. Esta obra fue pagada por el Ayuntamiento Municipal de La Romana, mediante la emisión de los cheques a nombre de A & V Servicios y/o Jhonny Tibo Brisa, siguientes: a) No. 004977, de fecha 2/2/2011, por un monto de (RD$472,625.00);b) No. 004978, de fecha 2/2/2011, por un monto (RD$526,355.00); c) No.004994, de fecha 2/3/2011, por un monto de (RD$472,625.00); d) No. 004995, de fecha 2/3/2011, por un monto de (RD$502,550.00); e) No. 005078, de fecha 28/4/2011, por un monto de (RD$526,355.00); f) No. 005079, de fecha 28/4/2011, por un monto de (RD$472,625.00); g) No. 005098, de fecha 27/5/2011, por un monto de (RD$472,625.00);y h) No. 005117, de fecha 1/7/2011, por un monto de (RD$472,625.00), para hacer un total de cuatro millones ciento cincuenta y dos mil doscientos treinta pesos dominicanos con 00/100 (RD$4,152,230.00),es decir, los acusados Juan Antonio Adames Bautista (Alcalde), Rafael Augusto Rocha Trinidad (Tesorero), emitieron cheques por un valor diez veces mayor al monto acordado.

70. Además, se pagó por encima de diez veces el valor de dicha obra, el notario Jhonny Tibo Brisa, no cobró por la realización de la obra, ya que las firmas que aparecen en el endoso de los cheques fueron falsificadas y las firman que aparecen en las facturas gubernamentales de fecha 28 del mes de febrero del año 2011, con NCF: A010010011500000012 y A010010011500000015 fueron falsificadas, situación que fácilmente se puede comprobar con el informe pericial No. D-00488-2013, de fecha 31 del mes de octubre del año 2013, expedido por la sección de documentos copia del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF).

71. Aparte de falsificar esas firmas en las facturas anteriormente citadas, para justificar el pago de una obra que nunca se realizó, se emitieron como justificativo facturas sin estar firmada por el supuesto contratista.

72. Con relación a los cheques Nos. a) 004952 de fecha 30/11/2010, por un monto de RD$365,413.75; b)004995 de fecha 02/3/2011, por un monto de RD$502,550.00;yc) 004994 de fecha 02/3/2011, por un monto de RD$472,625.00, todos fueron cambiados por la señora Esmirna Méndez Juan, quien al ser interrogada por el Ministerio Público ha establecido: “el señor Rafael Rocha me solicitó que los cambiara. Ya estaban previamente endosados por la persona principal y fueron cambiados por mí y entregados el dinero en efectivo al señor Rafael Rocha”.

73. Los cheques Nos. a) 0050787 de fecha 28/4/2011, por un monto de RD$526,355.00; b)005079 de fecha 28/4/2011, por un monto de RD$472,625.00; y c)005098 de fecha 27/4/2011, por un monto de RD$472,625.00; fueron llevado a cambiar a la Casa de Cambio Rodríguez por el acusado Rafael Augusto Rocha Trinidad (Tesorero), antes de proceder al cambio de los mismo el cajero general de dicha entidad el señor Cesar Andrés Rijo Rodríguez.

74. También violentaron la Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios y la Ley No. 340-06 Sobre Compras y Contrataciones con modificaciones de Ley 449-06 y su Reglamento de Aplicación No. 490-07.

75. La acción de los acusados Juan Antonio Adames Bautista (Alcalde), Rafael Augusto Rocha Trinidad (Tesorero), se ajusta a la coalición de funcionario, prevaricaron, desfalcaron y se constituyeron en asociación de malhechores, en perjuicio del erario público.

elpidiotolentino@hotmail.com; elpidiotolentino@gmail.com
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