jueves, 23 de octubre de 2014

ADOCCO recibe de Jóvenes Empoderados de Higuey informe de irregularidades en alcaldía municipal

Advierte alcaldesa podría ser sometida por violación a las leyes 176-07 y 340-06



Los miembros de la agrupación Jóvenes Empoderados por 
un Higuey Mejor, encabezado por Nathanel Venturay Jefte 
Ventura, mientras entregaban al Coordinador General de 
AdoccoJulio Cesar De la Rosa Tiburcio,el informe realizado.
Santo Domingo, D. N.- La Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, recibió este miércoles de manos de un grupo de munícipes del municipio Salvaleon de Higuey, agrupados en el movimiento Jóvenes Empoderados por un Higuey Mejor, el informe sobre Transparencia y Desempeño de la Alcaldía del Municipio de Higuey, extraído de las informaciones entregadas por la corporación edilicia a través de la ley de Libre Acceso a la Información Publica 200-04, que luego de analizarlas y cotejarlas se pudo encontrar irregularidades violatorias de la ley 340-06 de Compras y Contrataciones, ley 176-07 que rige el Distrito Nacional y los Municipios, así como ordenanzas internas de procedimientos.



Luego de solicitar las informaciones y entregada por el cabildoHigüeyano, inconclusa, cuando los jóvenes empoderados hicieron el análisis de los datos suministrados, se pudo evidenciar la magnitud de los gastos en combustibles durante los años 2011 hasta 2013, donde se pudo determinar que se consumieron unos 305,977.61 galones de gasoil y otros 61,871.58 de gasolina, esto representó un gasto de RD$ 73, 809,423.59, lo que arroja un promedio mensual de RD$ 2, 050,261.77, combustibles adquiridos por el ayuntamiento a una compañía propiedad del señor Amable Aristy Castro, quien por su condición de senador, está impedido de suplirle al Estado, también lo está por tratarse del padre de la alcaldesa del municipio de Higüey, conforme la ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas.

Suministro de combustibles a vehículos en días feriados


Al comparar los registros diarios de carga de combustibles con el calendario oficial del ministerio de trabajo para cada año correspondiente, se determino que en días que estaban marcados como días no laborables, en los cuales el ayuntamiento no estaba llamado a laborar, los gastos diarios de combustibles no experimentaban ningún cambio sustancial. En dichos días se noto que las actividades del ayuntamiento seguían sin cambio, por lo menos en lo que respecta al consumo de combustible, suministrándose carburantes tanto a vehículos pesados como camiones, rodillos, palas mecánicas etc., así como a vehículos livianos tales como carros, camionetas y motocicletas, puestos al servicio de departamentos que no se encontraban en funcionamiento dichos días.

Violaciones a la ley No. 340-06 y sus reglamentos


Las compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones del estado son reguladas por la ley 340-06 y su reglamento No. 449-12 (derogó el No. 340-06). Como instituciones públicas, los ayuntamientos se encuentran sujetos a las regulaciones de dicha ley y su reglamento (ley No. 340-06, Art.02).

De acuerdo con las normas legales, las contrataciones de servicios u obra con instituciones del estado, deben surgir de un proceso de selección a partir de licitaciones públicas o restringidas, comparación de precios o subasta inversa (ley 340-06, Art No. 16). Dichos procesos, junto con los contratosresultantes de ellos, deben ser debidamente publicitados por las instituciones, lo cual nunca se llevo a cabo con los contratos obtenidos. Esto contratos a los que se han tenido acceso, han sido otorgado de grado a grado por las autoridades del cabildo, violando de forma explícita las leyes que regulan al respecto.

Otro particular en el que la administración del ayuntamiento de Higüey continua violando la ley No.340-06 y su reglamento, es al otorgar contratos a personas que no se encuentran registradas como suplidores del estado. De acuerdo al Art. 13 del reglamento no. 543-12, las personas físicas o jurídicas interesadas en contratar con el estado "deben estar inscritas en el correspondiente registro". De los 15 contratos de alquiler de equipos obtenidos, solo uno de sus titulares esta registrado en el registro de suplidores del estado dominicano. Esto quiere decir que 14 de dichos contratos violan el mencionado artículo.

De igual forma la alcaldía municipal de Higüey incurre en violaciones del Art. 108 del reglamento No. 543-12, al otorgar por concepto de avances, montos superiores al 20% del total de los trabajos a realizar. Dentro de los 15 contratos de alquiler de equipos obtenidos, las autoridades del cabildo Higüeyano pagaron en cinco oportunidades avances ascendentes al 100% del total contratado, mientras que en otras dos ocasiones dichos avances alcanzaron el 50% del monto total acordado.

Pago de contratos dudosos


Dentro de la serie de contratos suministrados por la alcaldía de Higüey, existe uno de fecha 28 de octubre del 2010, mediante el cual se contrata la reconstrucción de un camino vecinal, el cual posee un sello que indica que fue pagado a su beneficiario. Médiante dicho contrato el ayuntamiento municipal de Higüey, representado por su alcaldesa la señora Karina Arísty, acordó pagar al ing. Felipe Santana la suma de RD $ 1,497,150.00 para la reconstrucción del camino vecinal de la sección El Cerro con sus parajes La Llanada y El Barrero, lo que comprendía un total de 24 Km. Los trabajos contratados comprendían además el alquiler por 15 días de un baco, un gredar, un rodillo y el suministro y transporte de 4,254 m3 de toca.

Nomina de empleados


Otro particular sobre el cual se solicito información, fue con referencia a la nomina de empleados de la alcaldía de Higüey. A este respecto, fue suministrado en calidad de nomina una relación de cargos y sueldos del cabildo. En la misma no se nombran los ocupantes de los cargos ni tan poco sus documentos de identidad. El hecho de ocultar la identidad de los asalariados del ayuntamiento, difícilmente se trato de una omisión accidental y la misma podría ser objeto de un sin número de interpretaciones.

En la mencionada relación de cargos y sueldos del cabildo municipal de Higüey, se contabilizan un total de 940 empleados, los cuales devengan un salario mensual promedio de RD$ 7,967.66, esto da como resultado un gasto por nomina mensual de RD$ 7, 498,060.00. La gran cantidad de sueldos de lujo existentes producen que, a pesar de que el salario medio es superior a los RD$7,000.00, más del 50% de los empleados cobran sueldos menores a los RD$6,000.00, como es el caso de los peones y barrenderos los cuales ganan RD$ 5,600.00 mensualmente.

Departamento de Relaciones Públicas


En el departamento de Relaciones Publicas y Prensa del ayuntamiento de Higüey, según los datos obtenidos, laboran un total de 28 empleados, dentro de ellos se encuentran 13 auxiliares y 8 camarógrafos. Esto llama poderosamente la atención, debido a que, las tareas que normalmente desempeña este departamento no demandan tal cantidad de empleados, de hecho, el espacio de la planta física designada a este departamento no es suficiente para albergar 28 personas. De igual manera, a pesar de la gran cantidad de técnicos con que cuenta dicho departamento, el cabildo contrata externamente servicios como los de maestría de ceremonias, diseño y elaboración de publicidad, así como el mantenimiento de la página Web de la institución.

Conclusión


Los resultados de la investigación señalan que existe la necesidad de un mayor nivel de cumplimiento de la ley en el suministro de informaciones a la población sobre el desempeño municipal. Gran parte de las informaciones solicitadas deberían ser publicitadas en la página Web de la institución al igual que por otros medios, para que cualquier ciudadano pueda tener acceso a las mismas. De igual modo, el hecho de que casi todos los datos fueran suministrados en soporte papel, así como el tiempo que se tomaron para suministrarlo, da evidencia de un bajo nivel de organización y la ausencia de registros digitales apropiados.

Los gastos en combustibles de la institución son onerosos y no son regulados por controles eficientes, permitiendo que se carguen a la cuenta del ayuntamiento de Higüey gastos de combustibles para uso personal, así como otros consumos inverosímiles de funcionarios fuera del país como vehículos sin capacidad de consumo de los carburantes supuestamente suministrados. Los gastos en combustibles de la institución promedian más de 20 millones de pesos anualmente, sin embargo, la proporción de este gasto que se utiliza realmente para actividades propias del ayuntamiento es indeterminada.

La realidad en la contratación de servicios de alquiler del ayuntamiento municipal, difiere de lo que estables la ley sobre compras y contrataciones del estado, así comos sus reglamentos y resoluciones. Los contratos son otorgados “medalaganariamente” sin tomar en cuenta los procesos de selección indicados. De igual manera dichos contratos son otorgados a individuos legalmente inelegibles. En adición a todo lo anterior se obvia la ley nuevamente al otorgar avances excesivos para el inicio de trabajos.

Los pletóricos gastos operativos del cabildo son presididos por una abultada nómina de empleados que consume anualmente más de 90 millones de pesos del presupuesto de la institución. La existencia de unos 940 asalariados en la nomina del cabildo, dista mucho de los criterios de eficiencia y economía que deben imperar en la administración pública.

Resultado del análisis se ha podido notar además, la poca correspondencia existente entres la cantidad de empleados en nomina y los operantes a la sazón.

Esta investigación apunta a la existencia de irregularidades y situaciones con connotaciones muchos mayores. La proporción de los datos analizados es insignificante con relación a la cantidad de actividades que se llevan a cabo el cabildo de Higüey. Por ende, es evidente la necesidad de ampliar investigaciones al respecto que conduzcan a transparentar la institución, así como a democratizar el derecho a la información sobre el desempeño de las autoridades municipales de Higüey.


elpidiotolentino@hotmail.com; elpidiotolentino@gmail.com
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