domingo, 21 de marzo de 2021

Colombia incentiva recuperación del turismo devolviendo a turistas impuestos por compras

El Peñón de Guatapé, Antioquia, Colombia.
BOGOTÁ.- 
La República de Colombia busca impulsar e incentivar la recuperación del turismo y otros sectores de la economía, mediante la aplicación de un mecanismo que les devuelva a los turistas el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los productos consumidos en el territorio.

De acuerdo con el reporte del portal digital Diario AS, la medida está motivada en que el 2020 fue de los peores años para el turismo en Colombia por la pandemia del Covid-19, que paralizó las actividades hoteleras, canceló festivales y conciertos y cerró las fronteras impidiendo la llegada de extranjeros y generó una grave crisis económica en el turismo.

A los turistas extranjeros se les devolvería, también, la totalidad del IVA pagado por la adquisición de bienes muebles gravados, «previo cumplimiento de condiciones y requisitos definidos» que serán establecidos en la normativa, contenida en borrador de proyecto del ministerio de Hacienda de esa nación.

La devolución del IVA a turistas en Colombia, empero, aplicará solo para personas que con nacionalidad de otros países, que visiten el país por motivo de vacaciones, ocio, negocios y otros no relacionados con situaciones laborales.

La medida implica que el turista deberá presentar facturas que demuestren que el impuesto sea igual o más a tres Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir un mínimo de US$32.00 dólares y un máximo de US$200.00.

Sin embargo, para acceder a ese beneficio, al abandonar el país los turistas tendrán que presentar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), facturas con los requisitos de ley, con fecha coincidente de la estadía en el país, y documentos que lo acrediten como turista, entre otros.

De acuerdo con la disposición, todavía en proceso, la devolución tampoco aplicará a quienes tengan doble nacionalidad, extranjera y colombiana, “ni si los bienes tienen una tarifa superior a la que corresponda o si los documentos no son legibles o que tengan inconsistencias que no se puedan comprobar”.

Además, llenar ante la DIAN un formulario con formato especial para esos fines que será revisados por ese organismo encargado para realizar la devolución del dinero correspondiente mediante un abono a la tarjeta de crédito internacional emitida fuera del país.

Las autoridades colombianas recuerdan, sin embargo, que el beneficio, solo aplicará para compra de bienes muebles pagados en efectivo o tarjetas de crédito y débito expedidas fuera del territorio de la nación suramericana.

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